Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico, a petición del ciudadano OMAR GABRIEL CASTILLO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.455.992, en su condición de padre y representante legal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 12 años de edad, nacida 10/4/2003, quien contraerá matrimonio próximamente, se designa CURADOR AD HOC de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 12 años de edad, al ciudadano FEDERICO VONDERHUCK CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 17.494.998, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia cert.....