Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: Improcedente la IMPUGNACIÓN contra la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI), en la persona del Abg. Henry Mota.
TERCERO: SIN LUGAR la defensa de fondo consistente en la inadmisibilidad del recurso por ininteligible o contradictorio, fundamentada en el ordinal 8º del artículo 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
CUARTO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos: CARMEN ELENA SUÁREZ RODRÍGUEZ, LILIAN ESTHER SUÁREZ RODRÍGUEZ; JOSÉ GREGORIO SUÁREZ RODRÍGUEZ Y DIARYS DE JESÚS SUÁREZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad.....