DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto, en razón de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, la presente solicitud de TUTELA, interpuesta por la Defensora Publica Cuarta abogado MARIE XAVIANA GARCIA GONZALEZ, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita al Sistema Autónomo de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a petición del ciudadano ALFONZO JOSE RODRIGUEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-19.198.667, domiciliado en la calle principal, callejón Arenal, casa s/n, sector Guarabao, Municipio Sucre del estado Yaracuy, quien solicita la tutela a favor de la adolescente AGUSTINA ANDREI.....