Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES de dieciséis (16) años de edad, titular de la cedula de identidad Nro 24.544.556 y a la ciudadana ROSA VIRGINIA SUAREZ GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 21.521.276, y domiciliada en Sabana de Parra Municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano CARLOS ALBERTO SUAREZ FRANCO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 7.589.817,y falleció en fecha 5 de Marzo de 2002, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvanse los originales con sus resultas al solicitante y déjese copia fotostática certificada en el archivo de est.....