DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JUANA MARIA GUTIERREZ y DONATO RAMON ORTEGA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, casados, domiciliados en el caserío La Blanquera, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.911.453 y 4.125.805 respectivamente, asistidos por la abogada LUCYMER MARIA FRANCISCO GARCIA. Por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 03 de noviembre de 1970, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio José Antonio Páez, antes Distrito Urachiche del Estado Yaracuy, según acta inserta bajo el Nº 18 en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Despacho para el año 1970.
No hay pronunciamiento sobre los hijos, por desprenderse de los autos que todos son mayores de edad; en relación a los bienes que conforman la Comunidad de Gananciales, procédase a su liquidación.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y .....