DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto este Tribunal de Juicio N° 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la Causa al Ciudadano PEÑA VASQUEZ, JEAN CARLOS venezolano, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.637.422, residenciado en la calle principal, Casa s/n de la Parroquia San Javier, Municipio San Felipe Estado Yaracuy, por la Comisión del Delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, y la Convención interamericana contra la fabricación, tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, publicada en gaceta N° 37217 de fecha 12/06/01, en perjuicio del Estado Venezolano, en virtud de que el hecho no es típico evidenciándose esto en atención de que el arma por el cual se le investigó no esta dentro de las previstas en la ley, como armas de fuego de tenencia prohibida, en .....