DECLARA CON LUGAR la solicitud de CURADOR AD HOC presentada por el Defensor Público Primero abogado CARLOS O. REMOLINA VENTURA, a petición de la ciudadana NORELIS CAROLINA BRACHO MONTERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 18.757.228, en su condición de madre de los niños Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, de 6 y 8 años de edad, nacidos el día 15/10/2012 y 7/07/2010 respectivamente, quien contraerá matrimonio próximamente, se designa CURADOR AD HOC de los niños Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA respectivamente, a la ciudadana SOFIA LEONOR MONTERO VALERIO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 12.282.970, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda dos (2) copias certificadas a la parte una vez firme la presente decisión para que surta sus respectivos efectos de Ley. Devuélvase l.....