DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Carlos Remolina Ventura, en su carácter de Defensor Público Auxiliar Séptimo adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Yaracuy, en representación del ciudadano Gabriel Eduardo Rodríguez Martínez; contra la decisión de fecha 21 de Octubre de 2016, que constituyen los fundamentos de hecho y de derecho de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 18 de Octubre de 2016, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal, inserta en la causa principal UP01-P-2016-002653; por cuanto satisface los parámetros exigidos en el artículo 428 de la norma adjetiva Penal. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada, sellada y refren.....