En consecuencia, por auto separado líbrese oficio contentivo de la medida, con anexo en copia certificada de la presente acta a la Oficina Administrativa Regional del Estado Yaracuy del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Seguidamente la Defensoría del Pueblo y Procuraduría del Estado Yaracuy, solicita le sean expedidas copias de la presente acta, lo cual es acordado por el Tribunal. Es todo. Concluye la audiencia oral, siendo las 10:45 a.m. Terminó, se leyó, y conformes firman.-