Declara INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACION la acción de amparo incoada por la el Abogado BLAS ANTONIO DÍAZ MOLINA, titular de la Cedula de identidad N° 7.591.656, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 169.688, en su condición de Defensor Privado, del ciudadano LUIS ALBERTO BERMUDEZ GARRIDO, en base a las consideraciones expuesta en la parte motiva del presente fallo.