le imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento efectuado en fecha 23/05/2013, a través de oficio signado bajo el N° 533 proveniente de la Procuraduría General del estado Yaracuy, y consignado en autos por diligencia de fecha 04/06/2.013, por la parte actora, apoderada judicial Yulenni Giménez, Inpreabogado N° 119.384, actuando en nombre y representación de la Gobernación del estado Yaracuy, según poder especial autenticado por ante la Notaría Pública de San Felipe del estado Yaracuy, bajo el N° 08, tomo 56, de los Libros de Autenticaciones de esa notaría, en la presente causa de Expropiación por causa de utilidad Pública, contra la empresa mercantil Construcciones e Ingenieros, C.A, inscrita en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 05 de Diciembre de 1991, bajo el N° 191, a los folios 125 al 130, Tomo VI, en la persona de su represent.....