este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: CARLOS EDUARDO OROPEZA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.503.158, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad Municipal, de acuerdo al documento protocolizado ante la Notaria Pública del Municipio Peña del Estado Yaracuy, en fecha Siete de Septiembre del año Dos Mil Diez (07-09-2010), el cual quedo inserto bajo el Nº 2 Tomo 35 de los libros de autenticación llevados por ante esa Notaria,