DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN, a la presente acción interpuesta por el ciudadano JOSÉ DE JESÚS DIAZ.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Chivacoa, 08 de junio de 2009. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Provisorio,
SERGIO SINNATO MORENO
El Secretario Accidental,
ARQUÍMEDES JOSÉ CARDONA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez y treinta minutos de la mañana. (10:30 A.M.).
El Secretario Accidental,
ARQUÍMEDES JOSÉ CARDONA
SSM/AJC/yp
Exp. Nº 00131