Ahora bien, en el caso de autos, se presentó un DESISTIMIENTO puro y simple del procedimiento, antes de la citación del demandado, pues no obstante que el Tribunal exhortó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Montalbán, Bejuma y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para la citación del demandado, hasta hoy no se ha recibido respuesta, de que haya sido citado, por lo que al no constar en autos tal hecho, no se hace necesaria la manifestación de voluntad de éste para que opere el desistimiento.-
De lo expuesto y a los fines de determinar la legitimidad y capacidad procesal de la diligenciante se aprecia que ésta actuó en nombre y representación de los niños arriba referidos y que de la copia de las partidas de nacimiento que corren a los folios dos (2) al cuatro (4) de esta causa, se evidencia que la actora es la madre biológica de los citados infantes, por tanto ejerce la patria potestad sobre los mismos, lo cual le atri.....