PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONTITUCIONAL, intentada por la presunta parte agraviada Institución Bancaria, BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A; inscrito su documento Constitutivo-Estatutario en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, siendo su última modificación estatutaria inscrita en el mencionado Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital, en fecha 22 de julio de 2022, bajo el No. 13, Tomo 310-A, signado con el certificado de inscripción de Registro de Información Fiscal (RIF) No. J-07013380-5, representada por su apoderado judicial abogado GUSTAVO LEOPOLDO EVIES LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 108.661, contra la presunta parte agraviante TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DELOS MUNICIPIOSSAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, por la presunta violación al derecho de petición, al debido proceso y derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva.
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