este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana MARÍA VICTORIA VIRGUEZ PIÑA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.554.828, para que la pueda en nombre y representación de su hijo el adolescente identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y adolescentes, actualmente de catorce años de edad, retirar las cantidades que le corresponde de los beneficios dejados por su padre el de cujus CARLOS RAFAEL ARENAS. Así se decide.