DISPOSITIVO
Con las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ANA MATILDE ROSALES HEREDIAS, quien actúa con el carácter de víctima, contra la decisión emitida en fecha 04 de Agosto de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Juicio Itinerante No. 3 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual dicho Tribunal declaró inadmisible por extemporánea, la solicitud de Recusación formulada. SEGUNDO: Se confirma en cada una de sus partes, la decisión apelada inserta a los folios ochenta y uno (81) al ochenta y tres (83) de la Pieza 5 de la causa principal identificada con el alfanumérico UP01-P-2014-003104 y así se decide. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelacion.....