DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por Abogado Asterio Antonio Galíndez Figueredo, actuando en su condición de defensor de confianza del ciudadano Wilson Javier Medina Salcedo, identificado plenamente en auto, contra la decisión dictada en fecha 17 de Diciembre de 2015 y publicados sus fundamentos en extenso el 13 de Enero de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, únicamente con respecto a las denuncias planteadas en el escrito recursivo, en cuanto al gravamen irreparable denunciado, de conformidad al artículo 439, ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, no se pronunciará esta Alzada en relación a la denuncia fundamentada en .....