este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: JOSÉ DOMINGO ROJAS, JOSÉ ARMINO ROJAS, MARÍA DOMINGA ROJAS, MARÍA LEOCADIA ROJAS, MARÍA CLARICIA ROJAS, JOSÉ HERIBERTO LEON ROJAS y SIMPLICIO JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros V-2.555.266, V-3.977.563, V-4.816.186, V-6.361.173, V-6.047.078, V-6.064.107 y V-6.701.691 respectivamente, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad Municipal