Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de Divorcio fundamentado en el articulo 185- A del Codigo Civil, interpuesta por los ciudadanos Lidda Marina Rojas Nelo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.703.897 y de este domicilio, asistida por la Abogada Dayana Mercedes Leal Cordero, inscrita en el Inpreabogado N° 89.921 y NELSON COROMOTO LINAREZ QUERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.720.758, en su carácter de parte demandada en la presente causa, localizado en la siguiente dirección: Avenida Venezuela, esquina calle 36, Establecimiento de Pollo San Román, Barquisimeto estado Lara y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a las partes. San Felipe a los diez (10) días del mes de Marzo de 2016. Añ.....