...: Se declara SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de Contrato de Compra Venta, intentada por la parte actora,EDUARDO JOSÉ PERAZZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-10.374.907, y se declara PROCEDENTE la "Exceptio Non Adiplemti Contractus" o excepción de contrato no cumplido opuesta por los demandados:CARMEN ELENA MENDOZA REYES, JESÚS ALFONSO AVENDAÑO MENDOZA, CARMEN ELENA AVENDAÑO MENDOZA, AUDREY MARIELA AVENDAÑO MENDOZA, RUBÉN ALEJANDRO AVENDAÑO MENDOZA y CARLOS EDUARDO AVENDAÑO MENDOZA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.570.448, V-5.464.297, V-7.582.519, V-7.909.249, V-10.858.599 y V-7.582.520, respectivamente,en su contestación. Se SUSPENDEN los efectos del contrato verbal de promesa bilateral de compra venta, y queda establecido el abono de pago efectuado por el actor en la ejecución del contrato verbal por un monto de Un Millón Ciento Cuarenta Mil Bolívares (Bs.1.140.000,00), más la suma de tres mil dól.....