Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conforme a la Resolución N° 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ANA ROSA CORDERO BELLO Y JUNIOR JOEL OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.107.326 y V-12.081.359, respectivamente, asistidos por el abogado Eliezer Rojas, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 154.140. Por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 24 de septiembre de 1994 por ante el Registro Civil de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez, Sabana de Parra del Estado Yaracuy, según acta de matrimoni.....