este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos LUIS EVANGELISTA GOMEZ QUERALES y LIMAR SCARLET SEQUERA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-15.482.280 y V-16.482.477 respectivamente, ambos de este domicilio; asistidos por la Abogada SASHA ISABEL DE JESUS PEREIRA LOPEZ, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 170.959. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha dos (02) de Diciembre de Dos Mil Cuatro (2004) por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunsc.....