Para el caso concreto, resulta evidente que la solicitud de Inspección Judicial, presentada por el ciudadano GREGORY ALEXANDER REYES AULAR, identificado ut supra, donde lo peticionado versa sobre unas bienhechurías ubicada el sector Carbonero, Municipio Veroes, estado Yaracuy; se encuentran en la jurisdicción del Municipio Veroes de este mismo Estado, jurisdicción ésta que no le corresponde al conocimiento de este Tribunal y es por lo que resulta forzoso para quien suscribe, declararse INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la misma y así se decide.
En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE PARA ADMITIR LA PRESENTE SOLICITUD DE INSPECCION JUDICIAL por corresponder la competencia al .....