PRIMERO: El padre aportará la cantidad DIECISEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 16.000,00) MENSUAL, que serán entregados a la madre de los niños, quien deberá formar recibo en señal de cumplimiento. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares el padre en la primera quince del mes de septiembre aportará la cantidad adicional CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00), siendo que el padre se compromete en comprar los útiles escolares y uniformes. En cuanto a los gastos decembrinos el padre aportará la primera quincena de diciembre cantidad adicional OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00), siendo que el padre comprará un estreno de sus hijos y la madre comprará otro estreno para sus hijos. TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, así como cualquier gasto ocasionado de la manutención de los niños serán cubiertos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%), previa presentación de indicaciones medicas, de presupuesto y facturas.
De las actas que conforman el presente expediente se .....