Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 1357 y 1359 del Código Civil.
Este Tribunal observa que el error señalado se comprueba con la documentación anexa y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano ALVARO LUÍS GUERRA MONTESDEOCA, signada bajo el N° 123, Año 1980, inserta en los Libros de la entonces Prefectura Civil del Municipio San Javier – Marín del Estado Yaracuy, hoy, Registro Civil de la Parroquia San Javier – Marín, Municipio San Felipe del mismo Estado.
En consecuencia, corríjase la referida partida de nacimiento donde se seña.....