DECISION
De acuerdo al análisis efectuado, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos CARMEN ROSA AFONSO DE VENERO y ERMES JESUS VENERO CARDENAS, titulares de las cédulas de identidad Nos: V- 15.767.600 y V-2.340.835 respectivamente, y en consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante la Prefectura Civil del Municipio Urbano Independencia del Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy. según acta de matrimonio Nº 107. Precédase a la liquidación de los bienes que integran la comunidad conyugal, de conformidad con lo establecido y convenido por los cónyuges en el libelo de demanda.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
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