Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y DIVORCIO NO CONTENCIOSO por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia en el procedimiento de incoado por el ciudadano JOSE MANUEL DE GOUVEIA MALDONADO mayor de edad, Venezolano , titular de la cedula de identidad Nº 16.261.310 asistido por el abogado Magditere Chirinos IPSA bajo el Nº 90.021 En consecuencia, se declara extinguida la instancia, terminado el asunto con el archivo del expediente en su oportunidad legal, entréguese los originales y déjese copia certificada de los mismos, a la parte que los produjo de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.