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Decisiones del dia 13/02/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : UP11-H-2017-000076 N° Sentencia : Fecha: 13/02/2017
Procedimiento:
Homologación Obligación De Manutención
Partes:
WANDA YANITZA MELENDEZ TOLOZA Y FELIX PASTOR VIEZ SUAREZ
Resumen:
PRIMERO: El padre aportará la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00) MENSUALES, que serán entregados directamente a la madre quien estará obligada a firmar recibo como señal de cumplimiento. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares el padre aportará la primera semana de septiembre la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00). En cuanto a los gastos decembrinos el padre aportará la primera quincena de diciembre la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00). TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas, presupuesto y presentación de facturas. De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-H-2017-000075 N° Sentencia : Fecha: 13/02/2017
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas Y Oblig. Aliment.
Partes:
ARELIS MARÍA RODRIGUEZ PARADA Y JHON JOSÉ GONZALEZ MORALES
Resumen:
EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: PRIMERO: El padre aportará la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00) MENSUALES, que serán entregados directamente a la madre quien estará obligada a firmar recibo como señal de cumplimiento. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares el padre aportará la primera quincena de septiembre la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00). En cuanto a los gastos decembrinos el padre aportará la primera quincena de diciembre la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00). TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas, presupuesto y presentación de facturas, que cubra el seguro que goza el niño. EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: PRIMERO: El padre compartirá con su hijo los fines de semana cada quince (15) días, desde los sábados a partir de las 9:00 a.m hasta el domingo a las 6.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-V-2016-000897 N° Sentencia : Fecha: 13/02/2017
Procedimiento:
Obligación De Manutención
Partes:
YARISMAR LILIANA ROJAS SÁNCHEZ Y TEODORO PARRA GUEVARA
Resumen:
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por las partes y dado que el mismo no vulnera normas, ni derechos del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido el 31 de agosto de 2006 y que se trata de una materia en la que es posible la mediación dada la permisibilidad y disposición en atención a la materia tratada; este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 262 y 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda: HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenio, por no ser contrario a los intereses del niño de autos. Asimismo se ordena librar oficios para el desc.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-H-2017-000068 N° Sentencia : Fecha: 13/02/2017
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas Y Oblig. Aliment.
Partes:
DIANA ALEJANDRA MILAGROS BRUNO MELENDEZ Y ANDRES JOSÉ GREGORIO MONTESINO MONTESINO
Resumen:
EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: PRIMERO: El padre aportará la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) MENSUALES, que serán depositados en la cuenta de corriente del Banco Provincial a nombre de la progenitora de la cual está obligada a dar recibo como señal de conformidad. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares el padre aportará la primera quincena de agosto la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00). En cuanto a los gastos decembrinos el padre aportará la primera quincena de diciembre la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00). TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas, presupuesto y presentación de facturas. EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: PRIMERO: El padre compartirá con su hija los días miércoles desde las 12:00 p.m hasta las 5:00 p.m y los fines de semana cada quince (15) días de.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-H-2017-000070 N° Sentencia : Fecha: 13/02/2017
Procedimiento:
Homologación Régimen De Visitas Y Oblig. Aliment.
Partes:
GREGORIO DELFIN MATERAN RIVERO Y SULEICA DANIELA BARRETO MARTINEZ
Resumen:
EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: El padre aportará la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) MENSUALES, que serán entregados a la madre, los cuales serán transferidos a la cuenta corriente N° 01750349950073727467 del BANCO BICENTENARIO, a nombre de la progenitora, los días jueves de cada semana a razón de SIETE MIL BOLIVARES (Bs.- 7.000,00) SEMANALES. Con respecto a los gastos de consultas médicas, exámenes de laboratorio, calzado, vestido y recreación serán cubiertos por ambos padres en partes iguales, previa presentación de facturas. Asimismo, aportará la serán compartidos en partes iguales entre ambos padres los gastos de útiles y uniformes escolares. Y en el mes de diciembre el padre aportará los estrenos vestido, calzado y accesorios del 24 de diciembre y la madre aportará los del 31 de diciembre, alternándose en los años sucesivos. El regalo de niño Jesús será adquirido por ambos padres en partes iguales. EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: El progenit.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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