D E C I S I O N
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la Perención de la Instancia en el presente proceso de Divorcio, incoada por, MARIA NATALIA ZUMOZA REINA, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de identidad N°. 7.586.404, y domiciliada en la Morita, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, asistida por el Abogado Rómulo H. Estanga Graterol, Inpreabogado N° 14.571, contra el ciudadano: DANIEL ALBERTO PINEDA COLINA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 6.272.793 y domiciliado en la Urbanización La Villa, Avenida 8, N°.094, Independencia, Estado Yaracuy.
Publíquese, regístrese y déjese copia ce.....