Del debate entre las partes se convino en que entre la parte demandante y la parte demandada no existió relación laboral alguna razón por la cual en este mismo acto la parte accionante ciudadano FABIAN ANTONIO LOPEZ VALLES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 827.316, de este domicilio a viva voz manifiesta que DESISTE DE LA ACCION intentada contra el ciudadano MANUEL YOVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.257.999, solicitando se de por terminado el presente procedimiento y se ordene el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte su Homologación al desistimiento realizado por el accionante en sus propios términos, en consecuencia téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente procedimiento y .....