Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La extinción del proceso de Cumplimiento de Contrato seguido por la Asociación Cooperativa Ranger de Yaracuy R.L., accionado por el ciudadano HERMES ILARRAZA, contra la Sociedad Mercantil MEDICAFAR, C.A., ambas partes plenamente identificadas, produciéndose los efectos del artículo 271 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los originales cursante en autos y en su lugar dejar copia certificada una vez la parte solicitante provea de los emolumentos necesarios.
TERCERO: SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.