Este tribunal de control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO, de la causa seguida contra de los ciudadanos ENRIQUE REINOSO MACHADO Y LUIS ANTONIO VILLALONGA ALVAREZ, Venezolano, por la comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES), PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD Y MALTRATO DE PERSONAS DETENIDAS, previsto y sancionado en los artículos 417,177 y 182 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano HECTOR ONEIVIS FANEITES, Venezolano, Indocumentado, Obrero, Soltero, Residenciado en el Caserío El Guayabo del Municipio Autónomo Veroes del Estado Yaracuy, por lo que se ordena el sobreseimiento de la referida causa y la extinción de la acción penal de conformidad con el artículo 318 ordinal 3ro. Y el artículo 48 ordinal 8vo. del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.
La Jueza de Control N° 4 .....