DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ANDERSON MANRIQUE LANDAETA ARROCHA y ANA CRISTINA RIERA DE LANDAETA, venezolanos, mayores de edad y respectivamente titulares de las cédulas de identidad números 16.592.063 y 15.483.615 11, cuyo último domicilio conyugal, fue en Yaritagua, Municipio Peña del estado Yaracuy, quienes contrajeron matrimonio civil en fecha 07 de 2009 por ante el Registro Civil de la Parroquia del Municipio Peña del estado Yaracuy tal como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 124 del año 2009. En cuanto a las instituciones familiares el niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de 6 años de edad, nacido el 5/11/2010, en cuanto a las instituciones familiares se establece: PRIMERO: La patria potestad será compartida entre ambos cónyuges; SEGUNDO: La custodia será de la madre; TERCERO: El .....