Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación, ejercido por la profesional del derecho ISABEL OTAMENDI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.260, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A.", contra la decisión de fecha 13 de febrero de 2019, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA La sentencia recurrida y, en consecuencia, se anula la Providencia administrativa Nro. 110/2017 de fecha 29 de agosto de 2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy y se declara con lugar el recurso de nulidad ejercido po.....