Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPARTE SU APROBACIÓN Y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuado por las partes, en la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE (Local Comercial), incoado por la ciudadana YHONY LUCRECIA CASTILLO DE SPERANZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.477.617, debidamente asistida por la abogada SINAÍ RODRÍGUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 95.851, contra el ciudadano OSCAR JOSÉ PEROZO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.650.356, representado por su apoderado judicial el abogado HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 94.815; según el acuerdo realizado e.....