GADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, dieciséis (16) de octubre del año dos mil doce
202º y 153º
Vista el acta anterior que corre al 05 de esta causa, suscrita por la ciudadana: MILAGRO COROMOTO FAGUNDEZ FAGUNDEZ, en su carácter acreditado en autos, en virtud de que hasta la presente fecha no ha sido citado el ciudadano: JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ, identificado en autos, y por cuanto que llego a un acuerdo personal con el referido ciudadano, en cuanto a la obligación de manutención y demás gastos que necesita la niña: identificación reservada; motivo por el cual desiste del procedimiento y pide a este Tribunal el archivo del expediente. Este Juzgado del Municipio Nirgua estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumado el presente juicio y le imparte su homologación a la actuación de auto composición procesal desarrollada por .....