Con base a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DICTA medida cautelar innominada de DE BLOQUEO DEL 50% DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le corresponda al demandado ciudadano ENDI RAMON VARGAS, venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad N° 19.818.881 por sus prestaciones sociales como trabajador de la empresa SMURFIT MOCARPEL.- Líbrese Oficio a empresa SMURFIT MOCARPEL para que BLOQUEE EL 50% DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le correspondan al demandado ciudadano ENDI RAMON VARGAS, venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad N° 19.818.881.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y A.....