DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano GRANADOS ELOY, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.467.910 y residía en la avenida Cartagena, sector El Campito, casa sin número, municipio Independencia, estado Yaracuy; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos GRANADOS TORRES ZOLEIDY, GRANADOS TORRES ELOY MANUEL, GRANADOS TORRES SORINER CAROLINA, GRANADOS TORRES DIANA SOBEIDA, GRANADOS TORRES JOSÉ ANTONIO y TORRES GARCÍA SOBEIDA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº V-14.336.860, V-16.481.435, V-19.061.483, V-26.772.330, V-17.254.317 y V-7.557.445 respectivamente, asistida la solicitante ciudadana GRANADOS TORRES ZOLEIDY, arriba identificada, por el abogado GRANADOS TORRES ELOY MANUEL, inscrito en el Inpreabogado con el N° 151.720. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitant.....