D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada en base al Artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, por la ciudadana LIHILDIMAR MARTINEZ CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.319.576, domiciliada en el Municipio Nirgua del estado Yaracuy, asistida por la abogada MARLIB ALEJANDRA TORTOLORE ALCINA, Inpreabogado Nro. 109.381; contra el ciudadano JAVIER GUSTAVO PUERTAS ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.607.996, domiciliado en la avenida nueve (9) entre calles seis (6) y siete (7) familia Puertas, del Municipio Nirgua del estado Yaracuy. En consecuencia queda disuelto el vínculo matri.....