Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: ABSUELVE AL CIUDADADANO MIGUEL ÁNGEL SECO ALVARADO, venezolano, natural de Urachiche, donde nació el 26-11-72, soltero, obrero, titular de la cédula de Identidad N° 6.603.156 y residenciado en la calle 10 entre avenidas 4 y 5, casa s/n, sector Virigima Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy; por el delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 458 del código Penal, en aplicación del principio IN DUBIO PRO REO. SEGUNDO: SE ACUERDA SU LIBERTAD PLENA. TERCERO: no hay condenatoria en costas en virtud de lo establecido en el art. 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se emana un duplicado de la presente a los fines de que repose en el copiador de Decisiones Definitivas del Tribunal. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en San Felipe, 16 días de.....