este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentado por la ciudadana MARYERIS DEL CARMEN VARGAS DE FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.618.185, DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído por ella y el ciudadano ELIBARDO JOSÉ FERNÁNDEZ LANDAETA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-11.646.712, en fecha diecinueve (19) de agosto de 1996, por ante el Registro Civil de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 62, folio 93, Tomo I, del año 1996, de los libros llevados por esa oficina.