Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: YULIMAR CAROLINA BASTIDAS ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros.V-18.881.363, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida 4, Esquina Calle 3, Comunidad de Teteiba Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (209,02 mts2)