DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos MALDONADO ALONSO Y SUÁREZ DE MALDONADO EMILIANA, con Cédulas de Identidad Nos.7.507.595 y 11.276.383, respectivamente antes identificadas y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, existentes entre ellos desde el día 23-09-1993 según consta en copia certificada de acta de matrimonio, anotada bajo Nº 53, folio 58 en el libro de matrimonios de la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Bolívar, Aroa, Estado Yaracuy, hoy Registro Civil del Municipio Bolívar, Estado Yaracuy.
No hay pronunciamientos sobre hijos. No hay comunidad de bienes que liquidar, y así queda establecido.
No se condena en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo Copia Certificada de la presente Decisión, a los fines legales consiguientes.
Publíquese en la página Web de este Tribunal, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión para el archivo, conform.....