CON LUGAR la apelación ejercida por los abogados David Crespo Rojas y Gilberto Corona Ramírez, en su condición apoderados judiciales de la parte querellante, ciudadanos DAICY YOVERA JIMÉNEZ, MARIELA ILARRAZA BASTIDAS, ANDRÉS ACOSTA SEQUERA, BELKIS BARRETO DÍAZ Y YELITZA ORDOÑEZ, identificados ut supra en su condición de representantes legales de los niños Daniel Carreño, Osmar Ilarraza, Andrés Acosta, Heybel Guevara y Jorge López, contra sentencia dictada en fecha 27 de enero de 2006 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
En consecuencia:
Primero: se REVOCA la sentencia apelada, dictada en fecha 27 de enero de 2006, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Segundo: Se ORDENA al Directorio Regional de Criollitos de Venezuela en el estado Yaracuy, otorgar el pase a los niños Daniel Carreño, Osmar Ilarraza, Andrés Acosta, Heybel Guevara y Jorge L.....