Por los razonamientos anteriormente explanados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad De Venta de Inmueble intentada por la ciudadana MARÍA FERNANDA MENDOZA LÓPEZ contra el ciudadano WILLIAM OMEDY ROJAS GÓMEZ, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa, por vencimiento en la presente causa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil,
TERCERO: DE CONFORMIDAD con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de evitar la trasgresión de la norma constitucional que garantiza el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, previsto en el encabezamiento y numeral 1° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y.....