Esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 1 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada Kerlyn Yaneth Nacar Solórzano, en su carácter de Jueza de Primera Instancia en funciones de Control Itinerante Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UP01-P-2015-002597.