En consecuencia, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara:
Primero: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Nacimiento por la ciudadana INGRID DEL CARMEN RICCI PIRELA, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 154.136, actuando en nombre y representación de la ciudadana IRIS MARLENE GONZÁLEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, divorciada, portadora de la cédula de identidad Nº V-5.890.720, según Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Quinta de Maracay estado Aragua, bajo el Nº 44, Tomo 38, folios 187 hasta 189, de fecha trece (13) de mayo del año 2025, en la cual solicita la rectificación de su acta de nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Bruzual, inserta.....