Decisiones del dia 23/02/2017
N° Expediente :
UP01-R-2017-000005
N° Sentencia :
Fecha: 23/02/2017
Procedimiento: Admite
Partes: ABOGADOS NADEXA CAMACARO CARUCI Y JUAN PABLO SERRANO, QUIENES ACTÚAN CON EL CARÁCTER DE FISCAL DÉCIMA SEGUNDA PRINCIPAL Y AUXILIAR, RESPECTIVAMENTE, DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY,
Resumen:
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Se ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por los ABOGADOS NADEXA CAMACARO CARUCI y JUAN PABLO SERRANO, quienes actúan con el carácter de Fiscal Décima Segunda Principal y Auxiliar, respectivamente, del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, contra la decisión emitida en fecha 20 de Diciembre de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 2 de este Circuito Penal e inserta en el asunto principal Nº UP01-P-2016-000609. En consecuencia, a partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de diez (10) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el primer aparte artículo 442 del Código Orgánico Proce.....
Juez/Ponente:
Jholeesky Villegas Espina
Organo:
Corte de Apelaciones
N° Expediente :
1490-2017
N° Sentencia :
Fecha: 23/02/2017
Procedimiento: Fijación De Obligación De Manutención
Partes: ADRIANA CAROLINA BOLIVAR GONZALEZ VS JORGE ANDRES GUILLEN PARRA
Resumen:
HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano: JORGE ANDRES GUILLEN PARRA, acordó con la madre de sus hijas: IDENTIDAD OMITIDA, en pasarle a partir del presente mes la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00) mensual, fraccionados en la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 6.250,00) semanal, por el concepto de PENSIÓN DE ALIMENTO, el padre le comprará los Uniformes Escolares de IDENTIDAD OMITIDA en el mes de septiembre de cada año, estimados en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) y por el mismo monto la madre le comprara los Uniformes Escolares de IDENTIDAD OMITIDA; y la madre de las niñas comprará el estreno del 24 de Diciembre y el padre realizará la compra del estreno del 31 de Diciembre por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) en el mes de d.....
Juez/Ponente:
Marlyn Emilia Rodriguez Perez
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez.