este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ABRAHAM JOSE BERMUDEZ PEREZ y CARMEN ELENA SILVA HEREDIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 7.358.591 y 13.314.013, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado JUVENAL ROJAS, INPREABOGADO N° 67.937, por el matrimonio civil contraído, por ante Prefectura del municipio Bruzual del estado Yaracuy, Hoy Coordinación de Registro Civil del municipio Bruzual del estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 62 del año 1.989; en cuanto a sus hijos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de dieciséi.....